Inesperado final: confesaron que transportaban 300 kilos de marihuana en una Amarok pero el juez los absolvió

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Dos santafesinos que admitieron haber participado en el intento de transporte de más de 300 kilos de marihuana en una camioneta y acordaron una condena de tres años de prisión en suspenso, fueron finalmente absueltos por el juez Eduardo Belforte, del Tribunal Oral Federal de Corrientes.

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El fallo inesperado benefició a Sebastián Nicolás Gutiérrez (36), oriundo de Rafaela, y a Enrique Alejandro González (46), de Presidente General Roca. El magistrado sostuvo que ambos imputados “prestaron entera conformidad con los acuerdos rubricados, como fruto de sus libres manifestaciones de voluntad y consentimiento informado”, durante audiencias previas en las que contaron con la asistencia del abogado Héctor Curi Huespe.

Gutiérrez y González habían sido procesados tras el secuestro de 342,335 kilos de marihuana encontrado por gendarmes de la Sección de Investigaciones Antidrogas Ituzaingó en la caja de una Volkswagen Amarok abandonada sobre la banquina de la ruta nacional 12, a unos cinco kilómetros del acceso a Itá Ibaté.

La droga estaba cubierta con una lona negra e incluía 262 ladrillos de marihuana prensada y otros 140 bultos con cogollos de cannabis sativa. Según el informe de la fuerza, el vehículo estaba sin llave, con las puertas sin trabar, y sus ocupantes fueron detenidos días después.

Al analizar el caso, el juez Belforte consideró que “los elementos de juicio producidos durante la etapa de instrucción no resultan con la contundencia suficiente” para establecer sin duda la responsabilidad penal de los acusados. En ese sentido, señaló que “el estado de inocencia debe ser destruido” por las pruebas, y que en este caso “no pudo ser desvirtuado por la imputación fiscal porque no se compadece la hipótesis sostenida por la acusación”.

El magistrado también subrayó que la investigación se centró en el delito de transporte, pese a que el vehículo fue hallado abandonado. Según Belforte, los investigadores debieron cuestionarse si el transporte estaba por iniciarse, si se trataba de un tramo del traslado o si la droga tenía algún otro fin, como almacenamiento o tenencia para comercio.

Además, advirtió que en el expediente no se describió el rol específico que cada imputado desempeñó. Como única prueba queda que la camioneta estaba registrada a nombre de González y que Gutiérrez contaba con autorización para conducirla.

Belforte criticó duramente al juzgado de instrucción por no haber ordenado “medidas de prueba directas y de fácil producción que no reclamaban mayor esfuerzo”. Señaló que no se levantaron huellas dactilares en el vehículo, no se solicitaron registros de cámaras de seguridad ni se recabaron testimonios que confirmaran si los acusados manejaron la camioneta. Tampoco se realizaron allanamientos domiciliarios, no se secuestraron los teléfonos celulares para análisis de comunicaciones, y no se pidieron informes de telefonía para determinar la ubicación de los imputados en las horas previas al hallazgo.

El juez puntualizó que “resultó más sencillo imputar sin mayor esfuerzo probatorio al titular registral del vehículo y al autorizado”, y se preguntó si, de haberse comprobado la existencia de otros titulares o autorizados, “hubiera agravado la imputación por el número de intervinientes”.

En conclusión, Belforte afirmó que “ese déficit investigativo genera serias dudas acerca de la coautoría de Sebastián Nicolás Gutiérrez y Enrique Alejandro González”, razón por la cual decidió absolverlos, a pesar de que ambos habían reconocido haber participado en el frustrado transporte de marihuana.

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